La reforma pensional en Colombia estableció un modelo basado en pilares obligatorios.
¿Cómo opera el pilar contributivo?
Hasta 2.3 SMLMV: Todos los aportes realizados sobre los primeros 2.3 Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes van obligatoriamente a Colpensiones.
Excedente de 2.3 SMLMV: Las cotizaciones sobre el monto que exceda los 2.3 salarios mínimos se dirigen a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) privada elegida por el trabajador.
Ejemplo para un Salario de $6.000.000 COP:
Suponiendo un SMLMV de $1.400.000 COP (2.3 SMLMV = $3.220.000 COP).
Cotización sobre $3.220.000: Administrada por Colpensiones.
Cotización sobre los $2.780.000 restantes: Dirigida a la AFP (Porvenir, Protección, etc.).